FIP Opina / 5 de agosto de 2021 / Tiempo de lectura: 5 min.

¿Empresas militares de seguridad privada o mercenarios?

Urge reformar la seguridad privada.

Esta columna se publicó el 4 de agosto de 2021 en lasillavacia.com Leer columna original
  • Autore/as
  • Patricia Bulla
    Patricia Bulla Investigadora emérita
  • Jerónimo Castillo
    Jerónimo Castillo Director de área

La presunta participación de un grupo de 26 exmilitares colombianos altamente preparados en el asesinato del presidente de Haití pone el foco en la necesidad de reformar el sector de la seguridad privada. El estatuto vigente del año 1993 quedó rezagado en una normatividad para un sector que creció y evolucionó en sus servicios y tecnología, con bajas capacidades de supervisión y control que garanticen transparencia, redición de cuentas y respeto a los derechos humanos.

La exportación de servicios de seguridad —en especial de exmilitares hacia el Medio Oriente— no es nueva ni tampoco sorprende. Los militares colombianos tienen entrenamiento de alta calidad y experiencia en diversos campos, hay personal retirado disponible y una alta demanda por servicios militares privados (especializados) en otros países. Pero de ahí a que empresas de vigilancia estén prestando servicios militares privados sin ningún tipo de estándar o control, y además recluten y envíen personal para que desarrollen una operación militar con el fin de ejecutar un asesinato, es otra cosa.

La creciente demanda internacional de servicios militares de seguridad, que surgió a partir de los años 90 y el cambio de estrategias tras el fin de la Guerra Fría, ha llevado a que los servicios de seguridad se hayan diversificado e internacionalizado, pero sin un desarrollo legal paralelo (1).

Por un lado está la figura del mercenario, que existe hace mucho tiempo y goza de muy mala reputación. Estos tienden a ser personas con experiencia militar que trabajan por su cuenta, sin controles, que están dispuestos a todo y venden sus servicios —casi siempre en efectivo— al mejor postor.

Por otro lado hay grandes corporaciones internacionales que ofrecen servicios militares y que no solo se encuentran en la bolsa de valores, sino que cuentan con solidas estructuras financieras y comerciales, tienen páginas web y son contratadas por empresas multinacionales que necesitan operar en zonas de alto riesgo de seguridad o apoyan operaciones logísticas, de construcción de paz, apoyo humanitario y hasta de soporte en combate a ejércitos regulares.

Es posible que los primeros estén evolucionando hacia lo segundo (2). Aunque a nivel internacional estas empresas operan de manera abierta y “legal”, a nivel nacional es muy poco lo que se sabe de ellas. No existen formalmente y es posible que operen en conjunto o bajo la fachada de las tradicionales empresas de vigilancia reguladas en el decreto 25235 de 1993. No se conoce ni la magnitud ni el tipo de servicios que ofrecen, así como tampoco las empresas ni el alcance de las actividades de los mercenarios. De lo que no hay duda es que estos servicios tienen un manto de opacidad y dejan un mal sabor, por no decir sospechas.

Hasta ahora no se han evaluado los riesgos o las ventajas de este tipo de figuras, ni en qué condiciones podrían operar de manera que garanticen el respeto a los derechos humanos, o que sus actividades se limiten a proteger personas y bienes o a apoyar operaciones lícitas. El riesgo de que este tipo de personal independiente o empresas cometan abusos es muy alto, más aún cuando no existe ninguna regulación.

Con la legislación actual es imposible hacer que dichas empresas respondan por acciones irregulares o ilegales. La normatividad no contempla la extensión ni la extraterritorialidad de los servicios, como tampoco son claras las condiciones en las que empresas extranjeras pueden operar en Colombia. Es necesario garantizar que la seguridad privada —autorizada por el Estado— no participe en actividades hostiles ni violaciones a los derechos humanos y limiten sus actividades a la protección de personas y bienes.

No es un secreto que alrededor de esta industria hay intereses que involucran a políticos y miembros de la Fuerza Pública. Esto hace muy difícil impulsar reformas y controles. Sin embargo, la falta de control de este sector constituye un riesgo. Este es mayor frente a las demandas de servicios militares del exterior y las tendencias que vienen de otros países, que para atender problemáticas como la seguridad de instalaciones estratégicas, flujos migratorios irregulares, terrorismo, apoyo humanitario, operaciones de paz y desarrollo, así como operaciones logísticas, despliegan servicios militares privados (3).

Diez recomendaciones para una agenda de reforma a la seguridad privada

  1. Poner en marcha un mecanismo de revisión y diálogo estratégico con la participación de diversos "stakeholders" públicos, privados, expertos y con soporte internacional, que impulse un nuevo estatuto para garantizar un control democrático y el respeto de los derechos humanos en este sector. Así mismo, que asegure que estas empresas respondan por el cumplimiento de la ley y que se hagan efectivos los mecanismos de supervisión.

  2. Tener en cuenta los principios de Montreux -que promueven el respeto del derecho internacional humanitario cuando hay empresas militares de seguridad privada presentes- y las guías internacionales que regulan esta industria a nivel internacional con el objetivo de impulsar mejores prácticas que garanticen los derechos humanos.

  3. Tener en cuenta la naturaleza nacional y transnacional de esta industria que constituye un desafío mayor para los derechos humanos, en especial cuando se opera en entornos complejos o vulnerables.

  4. Promover un código de conducta para la prestación de los servicios de seguridad privada y los servicios militares privados que contemple principios y estándares, sobre todo en entornos complejos y de transición.

  5. Establecer un mecanismo independiente y confiable de certificación, monitoreo y recepción de quejas.

  6. Asegurar métodos de reporte y registro efectivos que sean verificables, tengan monitoreo y deriven responsabilidades.

  7. Desarrollar programas de desarrollo de capacidades para que funcionarios responsables de la supervisión y vigilancia, organismos de control y el Congreso de la República, desarrollen el liderazgo y control necesario según su misionalidad.

  8. Establecer una regulación específica y transparente sobre el uso de armas en la seguridad privada.

  9. Establecer una regulación para el registro y control de los equipos tecnológicos con las previsiones que garanticen los derechos de las personas.

  10. Mecanismos confiables de registro de licencias, así como permisos y datos abiertos para consulta.

[1] La seguridad privada no solamente es una prospera y creciente industria. Con más de 1.547 empresas en el territorio nacional[1], cuenta con aproximadamente 600.000 vigilantes en el territorio nacional, cifra nada despreciable si se tiene en cuenta que el total del personal policial a julio de 2021 es de 172.467 uniformados. https://www.policia.gov.co/talento-humano/estadis...

[2] Privatizando la seguridad. DCAFC consultado en https://www.dcaf.ch/privatising-security

[3] Apoyo al diálogo reforzado sobre empresas militares y de seguridad privadas Consultado en https://www.dcaf.ch/resources?type=publications&i...

Palabras clave: seguridad / Fuerzas Militares

 

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