FIP Opina / 9 de febrero de 2019 / Tiempo de lectura: 7 min.

Flexibilizar el acceso y porte de armas, un retroceso en la seguridad ciudadana

El control de armas no puede tomarse a la ligera ni responder a intereses particulares. Tiene profundas implicaciones en la letalidad de las acciones delincuenciales. Tres argumentos para lograr el equilibrio en la reglamentación de permisos especiales.

Esta columna se publicó el 9 de febrero de 2019 en ideaspaz.org Leer columna original
  • Autore/as
  • Patricia Bulla
    Patricia Bulla Investigadora emérita
  • Emilia Lleras
    Emilia Lleras FIP Alumni

La polémica por la reglamentación de permisos especiales para el porte de armas llama la atención, no solo porque se contemple esa posibilidad (que ya se da en casos excepcionales), sino por el cambio de orientación que algunos sectores piden en la reglamentación.

Por un lado, el Ministro de Defensa, Guillermo Botero, insiste en que la reglamentación reducirá el margen de discrecionalidad de las autoridades militares, y por el otro, están los congresistas que piden permisos especiales para ganaderos y otros empresarios del campo que sienten amenazada su seguridad.

El control de armas no puede tomarse a la ligera ni responder a intereses particulares. Tiene profundas implicaciones en la letalidad de las acciones delincuenciales y también en las relaciones entre ciudadanos, incluso entre los llamados ciudadanos de bien.

Será la reglamentación de los permisos especiales del porte de armas la que determine el grado de flexibilidad y excepcionalidad a la regla general, la cual, en últimas, definirá su efectividad.

Aquí presentamos tres argumentos que buscan contribuir al equilibrio de esa reglamentación.

1. El problema no son los permisos especiales, sino su flexibilización. Los permisos especiales ya existen, así como una relativa discrecionalidad de la autoridad militar en otorgarlos a través de un comité evaluador. Se ha anunciado que la nueva reglamentación reducirá esa discrecionalidad. En este punto es importante tener en cuenta que los permisos especiales responden a una lógica de excepcionalidad. Esto implica que aun cuando se cumplan los requisitos formales, no se configura el derecho a portar un arma. El ciudadano no tiene derecho a tener, ni portar armas, pues estas son de propiedad del Estado, tal como lo establece la Constitución. El permiso será siempre la excepción, resultado de un análisis de los requisitos establecidos y de las implicaciones que conlleva otorgarlo a determinada persona, en determinadas circunstancias (hay personas sin antecedentes judiciales que resultan vinculadas a actividades ilegales).

No hay que olvidar que la nueva Política de Seguridad, establece con claridad el compromiso del gobierno para estimular el desarme y no la compra de armamento, dando prevalencia al monopolio de las armas por parte del Estado y el carácter excepcional de la tenencia y porte de particulares. Por lo tanto, si bien es cierto que la reglamentación establecerá requisitos, condiciones y una guía a la autoridad militar, ésta conserva un nivel de discrecionalidad que debe garantizar el ajuste de sus decisiones a la Política de Seguridad del Gobierno.

2. Ni la restricción al porte de armas, ni armar a los ciudadanos para que se defiendan, son una solución única al problema de la inseguridad. Sin embargo, la evidencia si demuestra que la restricción del porte de armas ha contribuido a reducir el delito violento, mientras que la presencia de armas en manos de particulares, en determinados contextos, está asociada con las altas tasas de homicidios.

Estudios internacionales sobre armas de fuego en manos de civiles y el aumento del homicidio, establecen que no existe una relación directa entre las dos variables. Hay países fuertemente armados, pero relativamente pacíficos y viceversa. No obstante, se admite que las armas de fuego son un detonador de la violencia homicida cuando se asocian a otros factores como la urbanización rápida y descontrolada, altos niveles de desocupación entre hombres jóvenes, altos niveles de inequidad, un historial de conflicto armado reciente, acontecimientos violentos en países vecinos, migraciones masivas y, sobre todo, la presencia de narcotráfico y de grupos armados altamente estructurados [1].

En Colombia podrían estar circulando alrededor de 2,5 millones de armas ilegales [2] y más de 560 mil armas con permisos, de los cuales, más de la mitad están en manos de empresas de seguridad [3] en un contexto en el que se encuentran todos los factores de riesgo mencionados en el párrafo anterior.

Fuente: Policía Nacional, homicidios registrados entre enero 2010 – diciembre 2018. Elaboró: FIP 2019.
Fuente: Policía Nacional, homicidios registrados entre enero 2010 – diciembre 2018. Elaboró: FIP 2019.

Como lo muestra la gráfica, el uso de armas de fuego en homicidios ha disminuido en los últimos siete años, pero sigue teniendo una presencia importante (72.57% de los casos en el 2018), siendo las zonas rurales las más afectadas (78% de los casos, frente al 69.8% en espacios urbanos).

Quienes piden flexibilizar el porte parece que parten del supuesto de que tener un arma para defensa personal les garantizara su seguridad. Colombia no cuenta con información que permita determinar que portar un arma resulta efectivo ante un intento de homicidio, extorsión o secuestro.

Sin embargo, estudios internacionales demuestran que no existe evidencia que indique que tener un arma reduce el riesgo de ser lesionado cuando se comete un delito. Por el contrario, la escasa información disponible señala que el uso de armas de defensa personal tiende a ser inadecuado y socialmente riesgoso. La posibilidad de que el promedio de las personas usen un arma para defenderse de un criminal, es de cero, y si la usan, una vez en la vida, las posibilidades de efectividad son mínimas.

Las demás veces presentan un uso diferente a la defensa personal y riesgoso para otras personas. Ciudadanos comunes que portan armas, pueden estar cansados, asustados, alicorados y fuera de control, por lo que pueden usarlas de manera inapropiada y peligrosa [4].

Un estudio realizado por la FIP en 2017 encontró que incluso personas entrenadas en uso de armas tienen alto riesgo de ser asesinadas. Este es el caso de los vigilantes privados. Según el estudio, entre enero de 2015 y agosto de 2016, Medicina Legal reportó un total de 215 vigilantes asesinados. La tasa de homicidios fue de 43 por cada 100 mil vigilantes en lo corrido de 2016, superando la tasa de la Fuerza Pública en 2,5 veces y en más del doble la tasa nacional de homicidios de ese momento (24,03 en 2015). Aunque no se pudo establecer que estos hechos se presentaron con ocasión de la actividad de vigilante, si refleja la escasa oportunidad de una defensa personal efectiva, incluso de personas con algún entrenamiento [5].

3. La restricción es más efectiva si se fortalecen los controles al porte. Por obvio que parezca, es importante recalcar que las acciones de control, decomiso y destrucción de armas son estrategias más eficientes para reducir el homicidio, al igual que las acciones de control de porte de armas.

Existe evidencia de que en los años 90, en Cali y Bogotá, la prohibición parcial de porte armas –y los respectivos controles– llevaron a una reducción de entre 10% y 15% de los homicidios [6]. La FIP y la Cámara de Comercio de Bogotá encontraron estos mismos efectos en la evaluación de la medida de restricción al porte de armas entre 2008 y 2014, la cual redujo el uso de armas de fuego en la comisión de homicidios, lesiones personales y hurto, aunque aumentó el uso de armas blancas [7].

Fuente: Policía Nacional, armas decomisadas entre enero 2010 – diciembre 2017. Elaboró: FIP 2019.
Fuente: Policía Nacional, armas decomisadas entre enero 2010 – diciembre 2017. Elaboró: FIP 2019.

La restricción tiene un efecto moderado en la disminución de los homicidios y del delito violento. Su implementación requiere acciones programadas de las autoridades para incautar y decomisar armas ilegales o que se porten sin el cumplimiento de los requisitos, en especial, en aquellos lugares donde se comercian armas y donde se presentan más delitos con armas de fuego. Como se ve en la gráfica anterior, a partir de la entrada en vigencia de la restricción en el año 2016, no hay aumentos significativos en el decomiso de armas, por el contrario, este ha disminuido en los últimos siete años.

La restricción nacional debe estar acompañada de una estrategia contra el mercado ilegal de armas (que se alimenta del crimen organizado) y de acciones específicas y sostenidas por parte de la Policía de Vigilancia orientadas al decomiso de armas en las zonas más críticas de las zonas urbanas y rurales.

[1] La influencia de la posesión civil de armas de fuego en las tasas de homicidio de América Latina y el Caribe. Documento de trabajo 1/2016 - 14/1/2016 Diego Sanjurjo. Real instituto el Cano. Royal Institute. España

[2] https://www.dinero.com/edicion-impresa/pais/artic...

[3] El Tiempo. Mayo 17 de 2014. Uno de cada 300 colombianos tiene un arma legal http://www.eltiempo.com/politica/justicia/informe...

[4] Risks and Benefits of a Gun in the Home. David Hemenway, PhD Am J Lifestyle Med. 2011.
[5] Observatorio Seguridad y Vigilancia Privada en Colombia. Investigación realizada para la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada en el 2017.

[6] Villaveces, A. et al. (marzo 1, 2000). Effect of a Ban on Carrying Firearms on Homicide rates in two Colombian Cities. Journal of American Association, Vol. 283, No. 9.

[7] Fundación Ideas para la Paz y Cámara de Comercio de Bogotá (2015) Evaluación de la restricción al porte de armas de fuego en Bogotá (2008 – 2014). Obtenido de https://bibliotecadigital.ccb.org.co/handle/11520...

 

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