FIP Opina / 9 de julio de 2014 / Tiempo de lectura: 3 min.

La hora de la transparencia

Una reflexión pertinente de Vivian Newman, subdirectora de DeJustica, a propósito de la entrada en vigencia de la Ley de Transparencia

Esta columna se publicó el 7 de julio de 2014 en elespectador.com Leer columna original
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  • Columnista invitado, Vivian Newman
    Columnista invitado, Vivian Newman

En la Habana avanzan las negociaciones de paz y en Colombia no hay cese al fuego. En este marco, es importante conocer los avances y retrocesos de nuestros militares. Por ello, fundaciones como Ideas para la Paz requieren información estadística de resultados operacionales de las Fuerzas Militares, al igual que acciones de los grupos armados al margen de la ley. Pero la fuerza pública, que ya había entregado esa información en el pasado, se resiste a continuar haciéndolo, bajo todo tipo de argumentos.

La Dirección de Inteligencia del Comando General de las Fuerza Militares y la Jefatura de Inteligencia y Contrainteligencia Militar Conjunta responden a la solicitud por una vía fácil e idónea: ellos sólo manejan información de inteligencia que es secreta. Alegan además que todo lo que producen se encuentra bajo protección hasta por 30 años.

El jefe del Estado Mayor Conjunto contesta también. Dice que no está claro para qué quieren la información. No obstante, en la solicitud está clarísimo que la información es para hacer control ciudadano de un tema clave: el conflicto y la anhelada paz. Además, cita una jurisprudencia irrelevante según la cual las estrategias y el despliegue de actividades de inteligencia forman parte de información reservada por seguridad. Por último menciona un manual, según el cual, información reservada es aquella “cuya divulgación no autorizada puede ser perjudicial para los intereses o prestigio de la institución militar, proporcionar ventajas a la amenaza actual o potencial o causar bajas o pérdidas propias en acciones de Defensa Nacional”.

La definición de información reservada del manual no convence. Por un lado, podría justificar equivocadamente la reserva de datos sobre corrupción interna o violación de derechos que afectara el prestigio militar. Y ya la Corte Interamericana sostuvo que en cualquier circunstancia, pero especialmente en procesos de transición, resulta inadmisible mantener reserva sobre violaciones del pasado para proteger la “seguridad nacional” del presente. Así, Brasil fue condenado en 2010 por esconder los expedientes de los desaparecidos de la guerrilla Araguaia a manos del Ejército. Y en 2012 fue condenada Guatemala por ocultamientos similares en el caso Diario Militar. Definitivamente no. Esa parte de la definición de información reservada no es adecuada en un Estado de Derecho y ningún militar puede sentirse orgulloso citándola.

Por otro lado, la información pedida no parece ofrecer ventajas al enemigo ni afectar acciones de Defensa Nacional. ¿Será que saber las operaciones del pasado debilita a nuestras Fuerzas Armadas? ¿No es acaso democrático que la ciudadanía conozca y pueda hacer seguimiento a los resultados de la fuerza pública? Si hay información vulnerable, se podría filtrar y hacer una divulgación parcial. Si hubiere algo en esa revelación que le haga daño a la fuerza pública, es importante explicar por qué es necesario y proporcionado mantener secretos esos datos. De lo contrario, es clave divulgarlos, pues la ciudadanía tiene que tener todos los elementos sobre la mesa para luego decidir en materia de paz.

El próximo 6 de septiembre entra en vigencia la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Con esta norma, los manuales que pretenden proteger el prestigio a costa de ocultar información valiosa, se caerán. Las autoridades, incluida la fuerza pública, tendrán que usar la razonabilidad y la proporcionalidad para explicar si el daño que podría causar la publicación de los datos es mayor que el que le causan a quien queda ciego y sin información sobre lo que pasa en su país. Ya llegó la hora de la transparencia.

 

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